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jueves, 15 de diciembre de 2016

REPARACIÓN HISTÓRICA: hoy sale del olvido Indalecio Santiago

Indalecio Santiago (posiblemente uno de los pocos gitanos que portaría el nombre del santo patrón almeriense), hijo de Miguel y María, fue una de las 87 personas gitanas capturadas el 27 de agosto de 1749 en la ciudad y jurisdicción de Almería, en cumplimiento de la orden real de julio antecedente. En total, alrededor de nueve mil miembros de la comunidad gitana fueron arrestados en todo el territorio español, con la finalidad de proceder a la desaparición de la etnia gitana en España.
Indalecio contaba solo 13 años en el momento en que fue preso y enviado a la alcazaba de Almería. Desde allí fue enviado a su homónima en la Alhambra de Granada, para posteriormente, vía Málaga, ser destinado al arsenal de La Carraca para realizar trabajos forzados en una de sus maestranzas.
Atendiendo a las súplicas de los gitanos encerrados en diferentes partes de la península y al replanteamiento del proyecto por el Consejo de Castilla, el rey decidió conceder un indulto parcial en octubre del mismo año a aquellos que pudieran demostrar sus buenas costumbres y comportamiento. Liberado, volvió a Almería, donde residió ejercitándose, entre otras actividades, como canastero, ocupación que sin embargo le reportaría también problemas.
El 8 de abril de 1763 fue remitido a la ciudad de Almería tras ser detenido en las cercanías de Pechina por el alcalde de esa localidad. Posiblemente originario del lugar de Rioja, donde fue bautizado, llevaba siendo vecino de Almería hacía muchos años. Manifestó ser jornalero y trabajador “en lo que le sale”, expresión que manifiesta su eventualidad y la imposibilidad de mantenerse con una sola ocupación.
El delito de Indalecio consistió en salir de la ciudad de Almería sin la licencia que los gitanos estaban obligados a solicitar a las respectivas justicias; bien porque se arriesgara a salir sin ella por ser cercano el lugar a donde se dirigía, bien porque como confesó “que hasta de presente ha ignorado semejantes órdenes, pues a saberlo no hubiera sacado una licencia, si dos”, ya que “como otras veces, ha hecho viajes al río sin licencia, y también otros castellanos nuevos no le han dicho cosa alguna”, por lo que “había tenido por cierto no ser necesaria dicha licencia, que no llevo por ser razón dicha”.
La razón de tal salida se debió a la necesidad de ejercer una de las actividades complementarias más características del gitano: la de canastero, para la que necesitaba mimbre, motivo por el que pasó a “Pechina a buscar unas varas para hacer unas canastas por cuanto en esta ciudad no las hay”.
Procesado, las declaraciones de los testigos resultaron decisivas, pues manifiestaron las grandes cualidades de Indalecio. Por un lado, Antonio Carrillo expresó que “le ha conocido obediente a todos y a su madre, trabajador a cuanto le sale, y con el testigo siendo como es labrador todos los años, lo ha ocupado en segar, en lo que ha cumplido fiel y legalmente”. Otro testigo: Pedro Ribera añadió que Indalecio “era empleado en su trabajo de jornalero y en todo lo demás que le sale, y segando a su debido tiempo, sin estar mal entretenido y bien querido en el pueblo, obediente a todos y (...) a su madre”. El deponente restante, Miguel Ventaja, vino a confirmar todo lo expresado por los otros dos testigos, añadiendo solamente que: “es hombre de bien sin haber dado nota, y escándalo en esta ciudad de donde es vecino, ni menos haber cometido infamia alguna”.
El entonces alcalde mayor de Almería, don José Teodosio Delgado y Montero, emitió en consecuencia el 9 de abril de ese año, un auto de libertad dada la “buena aplicación de Indalecio Santiago al trabajo, y ser de las costumbres que exhibía y de buena inclinación. Además, se lleva el haber ignorado ser preciso sacar licencia para pasar a los lugares de esta jurisdicción, y más que ver con bono su madre”. Por todo lo cual mandaba “se le suelte de la prisión”, limitándose a apercibirlo, para que “en lo sucesivo no vuelva a salir de esta ciudad para sus lugares ni otras partes sin el requisito de licencia de esta Real Justicia, observando las Reales Órdenes de su Majestad; pena de cuatro años de presidio. Y conforme en su aplicación y trabajo, sin hacerlo contra la pena de lo referido”..
Años más tarde volvemos a tener noticia de Indalecio con ocasión del repartimiento de única contribución de 1771, figurando como el tercer mayor impositor de los vecinos gitanos almerienses, superando incluso la media de todos los contribuyentes.


Familia haciendo cestas de mimbre

Alcazaba de la Alhambra. Al fondo palacio de Carlos V, lugar de encierro de las mujeres gitanas
MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Manuel. La Minoría Gitana de la Provincia de Almería durante la Crisis del Antiguo Régimen (1750-1811). Almería, 1998.

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