El tema gitano se convirtió en
un escenario más de la confrontación sostenida los dos dignatarios más
influyentes del reino de Valencia a mediados del siglo XVIII. Cualquier duda o
incidente sobre la cuestión bastó para abrir un nuevo frente. Uno de ellos tuvo
lugar tras la reclusión de Francisca Castellón en junio de 1753.
Francisca era viuda de
Andrés Escudero y vecina de Gestalgar. Fue detenida junto a “un muchacho fatuo”
por la justicia de Pedralba, por haber cometido el robo de unos calzones y
medias. Reconocida por dicha justicia como gitana, se la condujo presa a Valencia
el 13 de mayo de 1753. La
diferencia de pareceres entre el duque de Caylus, capitán general de Valencia y
el intendente Malespina, se centró en la decisión de este último de no socorrer
a esta mujer con el prest que recibían las demás gitanas desde su captura en
1749, pues argumentaba que no había sido “comprendida en la orden general que
se dio para su prisión y retención”, ni entre las “declaradas por malas en el
capítulo sexto de la última Real Orden de 28 de octubre de 1749”, añadiendo que presumiblemente el arresto de esta mujer pudiera deberse a “que
las justicias de los pueblos, por desprenderse de mujeres viciosas, las
atribuyan el nombre de gitanas”.
Caylus, apiadándose de esta
mujer, se dirigió a Malespina y le expuso que si éste no tenía “facultad
para mandar socorrer a Francisca Castellón”, él no tenía el poder “para ponerla
en libertad”, por lo que le advertía que de persistir la situación, se vería
obligado “a dar cuenta al ministro”, para no permitir a “esta pobre mujer
perecer de hambre”, cuando “otras que han venido después de la prisión general,
se están socorriendo”.
Persistiendo el intendente en su
empeño, el duque de Caylus debió exponer ante Ensenada el asunto, justificando
su posición de mantenerla en las mismas condiciones que la demás, por cuanto en
el momento de haberse procedido a la redada no se tenía noticia de esta mujer por haber huido “y andar vagante, viviendo de los hurtos”, considerando contraproducentes
la cárcel y la pena de destierro, castigos que no les producían temor alguno y
les facilitaba “variar de vecindario” y proseguir “en su vida”. Al contrario
que en ocasiones anteriores en que Malespina contó con el apoyo de Ensenada, Caylus
halló en esta ocasión el apoyo del gobernador del Consejo de Castilla, quien
ordenó a Malespina que socorriera a Francisca Castellón “desde el día que entró
en el depósito, como igualmente a las demás gitanas, que por no vivir con
arreglo a la citada Real Orden se prendieren y pusiesen en él, sin ceñirse a solo
a las que en aquella ocasión se prendieron”.
Este episodio se convirtió en un triunfo de la defensa del duque hacia las gitanas, nada comparable al que se produciría años más tarde con el indulto real a todos los gitanos y gitanas que en 1765 se hallaban aun cautivos. Desgraciadamente, como en el caso del Cid, lo obtuvo una vez había fallecido.
Referencia: MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Manuel, Los gitanos y las gitanas de España a mediados del siglo XVIII. El fracaso de un proyecto de “extermino” (1748-1765), Almería, 2014, pp. 95-96.
Referencia: MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Manuel, Los gitanos y las gitanas de España a mediados del siglo XVIII. El fracaso de un proyecto de “extermino” (1748-1765), Almería, 2014, pp. 95-96.
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